Casi dos años después de su aprobación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el proceso legislativo de la Interrupción Legal del Embarazo dictaminado en 2021 por el Poder Legislativo de Hidalgo.
Mediante un comunicado, la SCJN informó sobre la validez del decreto 728 por el cual se aprobaron diversas modificaciones al Código Penal y a la Ley de Salud de la entidad relativas a la interrupción del embarazo y la prestación de servicios médicos para el efecto.
Ello, luego de una acción de inconstitucionalidad que ingresaron diversas diputadas y diputados de la pasada legislatura con la intención de anular los efectos del decreto.
Sin embargo, luego de un análisis exhaustivo, la Suprema Corte decretó que en el proceso legislativo no se cometieron violaciones que ameriten su nulidad.
Lo anterior, ya que el dictamen cumple con los requisitos de fundamentación legislativa, además de que el Congreso Local tiene la facultad de modificar las leyes antes mencionadas.
Cabe señalar que la interrupción legal del embarazo antes de las 12 semanas de gestación se aprobó el 30 de junio de 2021 con 16 votos a favor, convirtiéndose así en la tercera entidad del país en aprobar la despenalización del aborto.
La iniciativa aprobada entró en vigor el 6 de julio de dicho año, tras ser publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH).
Los cambios que contempla consisten en que el estado brinde las herramientas y atención necesarias para que las mujeres que deseen interrumpir su embarazo puedan hacerlo con tranquilidad y en un ambiente seguro para ellas.
Sin embargo, el decreto también contempla sanciones de seis meses a un año de prisión para quienes aborten después de las 12 semanas de gestación.
Luis Godínez
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