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Prudencia ante plan B de reforma electoral: TEEH

Quienes integramos el órgano jurisdiccional debemos ser muy respetuosos de cada una de las propuestas del Poder Ejecutivo como cualquier grupo legislativo: Leodegario Hernández

NO TODO LO QUE BRILLA ES ORO

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Sostuvo el magistrado del Tribunal Electoral del Estado (TEEH), Leodegario Hernández Cortez, que prevalecerá la prudencia por parte de los órganos jurisdiccionales, ante las recientes reformas a normativas secundarias en materia electoral.

“Quienes integramos el órgano jurisdiccional debemos ser muy respetuosos de cada una de las propuestas del Poder Ejecutivo como cualquier grupo legislativo, en el caso particular, esperemos que el senado sea quien de su aprobación o en su caso la votación defina si esta reforma finalmente se llega a materializar, mientras tanto no podemos opinar sobre cuestiones que aún no tiene una consolidación legislativa, por tanto me reservo mi opinión en ese tema, quiero ser muy respetuoso del proceso legislativo”.

Aunque recientemente la mayoría de quienes integran el Senado de la República aprobaron el denominado “plan B” de la reforma electoral, hubo algunas permutas que remitieron a la Cámara de Diputados para su eventual aval o rechazo, para nuevamente discutirlas en el alto parlamento mexicano.

Además, trascendió que varios partidos políticos, organizaciones civiles o ciudadanos amagaron con recurrir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ante la presencia de disposiciones inconstitucionales.

“Creo que nuestra opinión en nada abona, en este momento, a la discusión que en su momento tendrá el parlamento, en este caso el Senado de la República, debemos ser prudentes y esperar, pues quienes estén inconformes, existen la vía legal para ello”, enfatizó el magistrado hidalguense.

En el ámbito jurídico electoral, destacan algunos cambios en cuanto a los mecanismos de destitución del presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para que proceda únicamente cuando comprueben conductas que vulneren principios rectores de los servicios judiciales de objetividad, imparcialidad, profesionalismo e independencia.

Recientemente, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicaron las reformas a la Ley de Comunicación Social en la que crea nuevas reglas de transmisión para los funcionarios públicos, pues establece que no constituyen propaganda gubernamental las manifestaciones de servidores que realicen en uso de su libertad de expresión y de sus atribuciones.

Agrega otro párrafo, “tampoco constituye propaganda gubernamental la información de interés público que realicen las personas servidoras públicas, conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, difundida en cualquier formato de manera gratuita”.

Otros de los puntos trascendentales de esta reforma que generó polémica es la eliminación del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) del Instituto Nacional Electoral (INE), reduce el número de juntas distritales, quitan la secretaría ejecutiva del mencionado ente, desaparece el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), resta facultades a la autoridad electoral para sancionar a partidos políticos, funcionarios públicos o candidatos por vulnerar la equidad en la contienda o cometer faltas graves.

Ahora el inicio de los comicios será en noviembre; plantea limitantes a la paridad de género para que sea opcional y no obligatoria; incluye el sufragio para personas en el extranjero y quienes estén en prisión preventiva, etcétera.

 

 

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